La convivencia en una comunidad de propietarios se sostiene sobre acuerdos que casi nadie revisa hasta que hay problemas. Y cuando surge, suele hacerlo por uno de estos frentes: derramas impagadas, obras, ruidos o decisiones de la junta.
La Ley de Propiedad Horizontal, que regula qué mayorías hacen falta para cada decisión. Y de ahí nacen buena parte de las impugnaciones: acuerdos adoptados con una mayoría insuficiente pueden anularse.
Los asuntos más frecuentes son la reclamación de cuotas y derramas impagadas, la impugnación de acuerdos, los conflictos por obras en zonas comunes, las reclamaciones por humedades y las actividades molestas.
Un apunte práctico: ver web los acuerdos solo pueden impugnarse dentro de plazo, y es breve. Si se agota convierte en firme un acuerdo que quizá era anulable.